
Me considero una persona libre, muy libre, abierta de mente y de espíritu, una persona que intenta (no siempre lo consigue) empatizar con “el otro” para comprender mejor su realidad. Es parte de mi trabajo. Y siendo así, cada día me cuesta un poco más entender ciertas posturas y condenar otras, me duele el fanatismo integrista de los que dicen defender la vida y que se manifiestan en “pro” de ella, y que sin embargo no dicen ni “mu” sobre el asesinato despiadado que en este país se lleva a cabo contra inocentes. Me resulta vomitivo y totalmente intolerable que en una sociedad que se dice democrática, se permitan asesinar miles de seres humanos cada día, cada mes, cada año.
Permítanme profundizar un poco más en el tema con una cuestión jurídica que nos puede iluminar. El art. 15 de la Constitución Española (CE) comienza así: “Todos tienen derecho a la vida (...)”. Sin duda, la cuestión jurídica de mayor relieve consistía -y consiste- en interpretar el alcance de la expresión “todos”. En 1983, el Gobierno aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de Reforma del art. 417 bis del Código Penal que despenalizaba el aborto en tres supuestos, uno de ellos especialmente inicuo, si es que la iniquidad admite grados: el eugenésico. Cincuenta y cuatro diputados interpusieron en 1983 un recurso previo de inconstitucionalidad contra el referido Proyecto, fruto del cual nació la polémica Sentencia del Tribunal Constitucional (STC) 53/1985. Esta sentencia negó al nasciturus la titularidad del derecho a la vida, limitándose a constatar que la vida de los nascituri es un bien jurídicamente protegido que puede colisionar con otros bienes o derechos de la madre que en determinadas circunstancias deben prevalecer.Huelga decir que esas “circunstancias” y “derechos” se fueron estirando e interpretando hasta lo inverosímil, de forma que desde hace años en España basta con alegar una causa genérica para abortar. En España, en no pocos supuestos se permite el aborto en plazos verdaderamente escalofriantes y sin embargo no se buscan salidas para aquellas chicas que no quieren tener un hijo, pero que tampoco quieren abortar.Las cifras dadas por el Ministerio de Sanidad y Consumo producen desasosiego. En 2005 hubo 90.105 abortos declarados. Además, el año 2005 arroja un aumento de “interrupciones voluntarias del embarazo” del 6,5 por ciento respecto del año anterior, por lo que cabe inferir que el número de abortos sigue creciendo; en este año 2009 las cifras se calculan en 142.000 abortos cifra que empieza a darse a la increible edad de 10 años.
Desde la despenalización del aborto en 1985, se ha producido en España una matanza de muchos cientos de miles de seres humanos inocentes e indefensos, matanza que constituye un ejemplo elocuente de lo que ocurre cuando el Derecho se transforma, lisa y llanamente, en violencia e insensatez.Desde luego que condenar a muerte a un criminal, que es un peligro para la sociedad, será una cosa discutible. Unos opinan que basta con la cadena perpetua. Otros opinan que de la cárcel se puede escapar y por lo tanto, la pena de muerte es el único modo de evitar que haya nuevas víctimas inocentes a quienes la autoridad civil tiene la obligación de proteger. Hay razones en pro y en contra. Por eso es una cosa opinable, aunque personalmente esté en total desacuerdo en quitar la vida a ningún ser humano. Sea como sea, otros hasta h

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